¿Cuándo es Necesario un Arquitecto Técnico?

¿Cuándo es Necesario un Arquitecto Técnico?

La necesidad de contratar a un Arquitecto Técnico (cuya denominación histórica es Aparejador) no es opcional, sino que está regulada por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). Este profesional es una figura obligatoria en la mayoría de las obras que requieran un proyecto y licencia de construcción, ya que asume el rol de Director de Ejecución Material (DEM) y, generalmente, el de Coordinador de Seguridad y Salud (CSS).



La conclusión esencial es que la intervención del Arquitecto Técnico es legalmente preceptiva en todas las obras de nueva construcción de uso principal y en reformas que afecten a la estructura o cambien el uso del edificio.


Obligatoriedad Legal: La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE)

La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE), establece taxativamente la composición de la Dirección Facultativa de una obra, siendo el Arquitecto Técnico una pieza clave.


A. Casos en los que el Arquitecto Técnico es Obligatorio


El Arquitecto Técnico debe intervenir, asumiendo la Dirección de Ejecución Material (DEM), en los siguientes tipos de obra:


  • Obra Nueva de Uso Principal:


  • Viviendas (unifamiliares, plurifamiliares).
  • Edificaciones administrativas, sanitarias, religiosas, docentes y residenciales.


  • Obras de Ampliación, Modificación, Reforma o Rehabilitación que:


  • Alteren la Configuración Arquitectónica del Edificio: Esto incluye cualquier intervención que modifique la volumetría, la distribución original o el número de unidades.
  • Tengan Carácter de Intervención Total: Obras que afecten a la envolvente global del edificio.
  • Afecten a Elementos Estructurales: Si la reforma implica el derribo de muros de carga, la apertura de nuevos huecos portantes o la modificación de pilares y cimentación.
  • Impliquen un Cambio de Uso: Por ejemplo, la transformación de un local comercial en una vivienda.
Justificación: En todos estos casos, la obra implica un nivel de complejidad técnica y un riesgo de seguridad que exige el control y la certificación de un técnico cualificado in situ.

B. Funciones Obligatorias Asociadas a la Ejecución


Más allá de la Dirección de Ejecución Material, el Arquitecto Técnico es casi siempre necesario para asumir la función de Coordinador de Seguridad y Salud (CSS).



  • Coordinación de Seguridad y Salud (CSS): Siempre que en la obra intervengan varias empresas o varios trabajadores autónomos, es obligatorio nombrar a un CSS. Dado que el Arquitecto Técnico es el profesional que pasa la mayor parte del tiempo en la obra y es el responsable de la ejecución material, es el perfil que asume esta función de manera habitual, tanto en fase de proyecto como de ejecución.

Casos de Excepción (Obras sin Obligatoriedad)

Existen algunas intervenciones donde la figura del Arquitecto Técnico, aunque recomendable, no es legalmente imprescindible.


A. Obras Menores y Reformas de Interior


  • Reformas que NO Afecten a la Estructura: Intervenciones que se limitan a la sustitución de revestimientos (cambio de azulejos, pintura), instalaciones superficiales o redistribuciones que solo afecten a tabiquería no portante.
  • Obras Menores de Escasa Entidad Constructiva: Reparaciones puntuales, como el cambio de ventanas, instalaciones sin modificar las acometidas principales, o pequeños trabajos de mantenimiento.
Advertencia: Incluso en estos casos, si la obra se realiza con una licencia menor y se detecta una afección no prevista a la estructura, la autoridad municipal puede paralizar la obra y obligar a contratar a un técnico.

B. Trabajos de Documentación Pura


Para trabajos que son puramente de oficina y no implican una intervención física, el Arquitecto Técnico es facultativo o colabora:



  • Certificado de Eficiencia Energética (CEE): Puede ser firmado por el Arquitecto o el Arquitecto Técnico (entre otros técnicos habilitados).
  • Informes y Tasaciones: Es un perfil adecuado, pero no obligatorio, para la realización de Informes de Evaluación de Edificios (IEE) o peritaciones.

La Justificación Técnica de su Intervención

La necesidad del Arquitecto Técnico se justifica por su formación especializada en la gestión de la construcción y el control de la calidad.



  • Control Económico y de Calidad: Es el responsable de medir la obra ejecutada y certificar que la calidad de los materiales colocados se corresponde con lo especificado en el proyecto. Su presencia protege al promotor de sobrecostes o deficiencias en la ejecución.
  • Planificación de la Ejecución: Organiza la secuencia de los trabajos, coordina a los gremios y establece el calendario, funciones esenciales para el cumplimiento de los plazos.
  • El Vínculo Directo con la Obra: Su rol como DEM lo obliga a tener una presencia constante en el tajo, resolviendo problemas prácticos in situ y asegurando que las decisiones del Director de Obra (Arquitecto) se implementen de manera efectiva y segura.

Conclusión Final

La intervención del Arquitecto Técnico no es una opción, sino un imperativo legal y técnico en cualquier proyecto de edificación que por su envergadura, complejidad o afectación estructural requiera una Licencia de Obras Mayor.



Si su proyecto implica construir un nuevo edificio, ampliarlo o realizar cualquier reforma que toque elementos portantes o cambie la distribución fundamental, la contratación del Arquitecto Técnico es obligatoria como parte de la Dirección Facultativa.

Alije un arquitecto en tu localidad

Accede al  enlace de tu municipio para conocer al arquitecto o despacho de arquitectura que te puede ayudar y ofrecer un presupuesto.