¿Qué Obras Puede Firmar un Arquitecto Técnico?

¿Qué Obras Puede Firmar un Arquitecto Técnico?

Las obras que puede firmar un Arquitecto Técnico (o Aparejador) están definidas por sus competencias legales y la naturaleza de la intervención. Su capacidad de firma se centra en la Dirección de Ejecución Material (DEM) de cualquier obra de edificación y en la redacción de proyectos que no tengan carácter de edificación principal según la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE).



La conclusión esencial es que el Arquitecto Técnico puede firmar la Dirección de Ejecución Material (DEM) de toda obra que requiera la figura del Arquitecto como Director de Obra. Además, puede firmar proyectos completos de obras menores o accesorias cuya titulación no esté reservada al Arquitecto.


El Rol Principal: Dirección de Ejecución Material (DEM)

El ámbito de firma más extenso y relevante del Arquitecto Técnico es en la Dirección de Ejecución Material (DEM), una figura legalmente obligatoria en la mayoría de las obras mayores.


A. Obligatoriedad en la Dirección Facultativa


El Arquitecto Técnico es el responsable de la DEM en:


  • Toda Obra de Edificación Nueva: Incluyendo viviendas, oficinas, industrias, hospitales, etc., donde el Arquitecto asuma la Dirección de Obra.
  • Reformas Integrales o Estructurales: Cualquier obra que modifique la configuración arquitectónica o que afecte a la estructura del edificio.


En este rol, el Arquitecto Técnico firma el Certificado Final de Obra (CFO) en su vertiente de ejecución material, dando fe de que la obra se ha construido correctamente, con los materiales adecuados y cumpliendo la normativa técnica.


B. Coordinación de Seguridad y Salud (CSS)



El Arquitecto Técnico es el profesional que asume, de forma habitual, la firma de la Coordinación de Seguridad y Salud (CSS), tanto en fase de proyecto como de ejecución, siempre que en la obra intervengan varios profesionales o empresas. Esta firma es independiente de la DEM y es crucial para la prevención de riesgos laborales.


Proyectos Completos Susceptibles de Firma Propia

Además de su función en la Dirección Facultativa, el Arquitecto Técnico está legalmente capacitado para redactar y firmar proyectos de obras que no estén reservadas expresamente a la figura del Arquitecto. Estas suelen ser obras de menor entidad, accesorias o de ingeniería civil menor.


A. Proyectos de Obras de Reforma Interior y Rehabilitación


  • Reformas sin Afección Estructural: Proyectos de reforma interior que se limitan a la modificación de tabiquería no portante, instalaciones, revestimientos y acabados.
  • Proyectos de Instalaciones: Diseño de nuevas instalaciones de climatización, electricidad o fontanería, sin modificar el uso o la estructura principal del edificio.
  • Proyectos de Accesibilidad: Soluciones técnicas para mejorar la accesibilidad en edificios existentes (ej. rampas, ascensores en huecos no estructurales).


B. Proyectos de Construcciones Complementarias y Accesorias


  • Construcciones Auxiliares: Proyectos de pequeñas construcciones asociadas a la edificación principal, como casetas de aperos, piscinas, barbacoas de obra o garajes exentos de cierta entidad.
  • Proyectos de Demolición: Redacción del proyecto técnico para la demolición de edificios que no tengan un gran componente estructural o patrimonial.
  • Proyectos de Acondicionamiento de Locales: Proyectos técnicos para la adaptación o cambio de actividad en locales comerciales, donde la intervención se centra en instalaciones y acabados, sin modificar la estructura o los elementos comunes del edificio.


C. Informes, Certificados y Valoraciones


El Arquitecto Técnico tiene plena competencia para firmar:



  • Informes de Evaluación de Edificios (IEE): Diagnóstico del estado de conservación, accesibilidad y eficiencia energética de edificios.
  • Certificados de Eficiencia Energética (CEE): Documento obligatorio para la venta o alquiler de inmuebles.
  • Tasaciones y Valoraciones: Informes para entidades financieras o judiciales sobre el valor de construcciones.
  • Peritaciones Judiciales: Dictámenes técnicos en litigios por defectos constructivos.

La Justificación y la Delimitación de Atribuciones

La delimitación de las obras que puede firmar se basa en su formación técnica y la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE):


  1. Formación Práctica: La titulación de Arquitecto Técnico está fuertemente orientada a la ejecución, la tecnología de la edificación y el control de costes. Esto los habilita para los proyectos de detalle y gestión de obra.
  2. Exclusividad del Arquitecto: La LOE reserva la firma de la Dirección de Obra y la redacción del Proyecto Básico y de Ejecución (que implica la concepción estética y el cálculo estructural superior) al Arquitecto y otros ingenieros superiores, delimitando así el ámbito de exclusividad.



Conclusión Final: El Arquitecto Técnico es el profesional que firma la calidad y la seguridad de la ejecución en cualquier obra mayor (DEM y CSS) y está plenamente habilitado para firmar proyectos completos en el ámbito de la reforma interior, las construcciones accesorias y toda la documentación técnica legal que no afecte a la estructura principal de la edificación.

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